Los informes laborales de incapacidad se realizan cuando el trabajador no puede desarrollar sus funciones productivas debido al deterioro de su capacidad, ya sea física o intelectualmente. En estas situaciones, sus funciones laborales pueden llegar a quedar gravemente afectadas o incluso quedar anuladas. Esta condición se aplica tras haber finalizado el periodo máximo de incapacidad laboral temporal. Por ello, los informes periciales son relevantes para que se le pueda reconocer la baja laboral por incapacidad permanente al trabajador.
A la hora de hacer esta documentación se deben considerar las tres categorías por las que se rigen estos tipos de bajas. La primera, la incapacidad permanente parcial, supone una pérdida de al menos el 33% de la productividad o rendimiento laboral. La segunda, la incapacidad permanente total, que conlleva la pérdida total de su rendimiento, siéndole imposible al trabajador realizar sus funciones laborales habituales pese a que aún podría ejercer otra profesión donde estas funciones afectadas no fuesen un requisito. Por último, la incapacidad permanente absoluta implica también la pérdida total de sus aptitudes laborales, pero se diferencia de esta última en que al trabajador le es imposible llevar a cabo cualquier tipo de actividad laboral, quedando así inhabilitado por completo.
En PROMEDE contamos con un área especializada en este ámbito que se encarga de proporcionar un estudio exhaustivo de las cláusulas de los documentos, llevando a cabo la realización de las evaluaciones médicas y/o psicológicas que se crean convenientes. Por otra parte, también realizamos y ratificamos los informes, desde los partes médicos a la documentación que se necesiten presentar en el Instituto Nacional de la Seguridad Social. En PROMEDE, para cualquier duda o consulta que se presente a la hora de preparar estos informes, garantizamos también una línea de comunicación directa con el despacho de abogados para que se pueda realizar la tramitación del caso.
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