La Ley 35/2015 introduce la necesidad de realizar cálculos actuariales para valorar los perjuicios patrimoniales, tanto en lesiones temporales, como en secuelas o en casos de fallecimiento. Por eso, en las guías de buenas prácticas se pone de manifiesto la necesidad de emitir un informe actuarial realizado por un actuario para justificar el derecho del perjudicado.
Pero ¿qué contempla este informe? es un documento en el que se recoge la proyección de distintos aspectos económicos que van a condicionar la evolución de un determinado hecho (así, por ejemplo, se analiza la probabilidad de que una persona padezca una enfermedad, cómo será su calidad de vida a posteriori y observando las posibilidades de que sobreviva o fallezca, entre otros parámetros). Además, estos informes deben ser realizados por actuarios, que son los profesionales que se encargar de evaluar el riesgo a través de modelos matemáticos en campos como el asegurador, banca o salud, entre otros.
Por otro lado, es importante conocer que los informes actuariales pueden ser utilizados en varias situaciones. Por ejemplo, para asesorar a departamentos técnicos de entidades aseguradoras, calcular los riesgos asociados a diferentes tipos de empresas y su potencial cobertura o para justificar la indemnización por lucro cesante o daño emergente dentro de una peritación judicial. Sin duda, son informes que aportan ética a las operaciones y financieras y ayudan a homogeneizar el cálculo de las mismas.
En PROMEDE somos conscientes de la importancia de contar con expertos en estos temas y, como complemento de la valoración médica, contamos con un departamento de informes actuariales (en el que están involucrados los mejores valoradores de daños corporales, rehabilitadores, ortoprotésicos o médicos especialistas) en el que realizamos informes para el cálculo del daño emergente y del lucro cesante, tanto para los casos en los que se pueda aplicar el baremo de forma automática, como para reclamaciones en las que se requiere formulación matemática actuarial individualizada (ingresos del lesionado superiores a 120.000 € o cobro de prestaciones públicas diferentes a las habituales)
¡Feliz fin de semana!